El derecho a la vida se protege por la Constitución ecuatoriana en el artículo 66… pero en la actualidad ¿quién la hace respetar?
En el mes de marzo nació Sebastián. Un niño que fue concebido consecuencia de violación. Él no tuvo la culpa, peor aún la adolescente que lo trajo al mundo. Sebastián es un niño antisistema. Nació contra todo pronóstico. Vio la luz, a pesar que para algunos jueces de la Corte Constitucional, él tiene menos “derecho a la vida” porque nació como resultado de un delito.
Hace algunas semanas, esta Corte despenalizó el aborto por violación. Y, ante esta situación cabe preguntarse lo siguiente: en este delito, ¿quién tiene la responsabilidad penal? ¿La mujer? No. ¿El niño/a concebido/a? Tampoco. Por lo tanto, ¿por qué la Corte Constitucional permite una práctica que destruye la vida de una mujer y acaba con la de un niño/a?
Ante esta enigmática sentencia, el voto salvado de las juezas Teresa Nuques y Carmen Corral, expresan la gran preocupación ante una rotunda vulneración de derechos humanos y extralimitación de funciones por parte de 7 jueces de este organismo.
Más allá de los argumentos de esta sentencia, la falta de debate público, el activismo judicial de ciertos jueces, lo fundamental es el que derecho humano a la vida ha sido vulnerado, y la garantía constitucional de protegerla desde la concepción, ha quedado cual “saludo a la bandera”.
Es categórica la conclusión de Carmen Corral cuando finaliza su resolución cuestionando: ¿si no es la Corte Constitucional, quién hace respetar la Constitución? Es que, aquella institución que se supone es la “guardiana celosa” de nuestra carta magna, se ha ido en contra de la misma.
No podemos callar
Con seguridad, muchos recibirán esta sentencia con indiferencia, o incluso, sin que exista cuestionamientos hacia ésta, arropados en el argumento de que como fue “la Corte Constitucional quien la emitió”, entonces se está ante una “verdad irrefutable”.
No obstante, ante el error, no podemos callar. El silencio nos puede convertir en cómplices. La “prudencia” puede oler a cobardía. La mejor amiga de la indiferencia, es la comodidad de la conciencia. Hoy, es el derecho a la vida de los más inocentes, de niños y niñas por nacer, mañana será la libertad de expresión, la objeción de conciencia, o cualquier otro derecho humano.
Se podrían escribir muchísimos libros y artículos con argumentos de todo tipo que demuestran el terrible daño que ocasiona el aborto y la violación; de la misma manera, se han redactado decenas de páginas en esta sentencia de la Corte, pero detrás de las frías palabras penden la vida de muchos niños y mujeres.
¿Dónde quedan los derechos de los niños descritos en la Constitución?
Se habla mucho de “derechos” y de “decisión” pero, ¿quién defiende los derechos de los niños, y de las niñas por nacer? ¿Cómo decide el que está en el vientre? ¿Quién protegerá a las niñas y mujeres violentadas, si en muchos casos, es su mismo victimario quien las lleva a abortar para cubrir su delito?
Un delito no se sana ni se resuelve con otro. Una adolescente que ha sufrido una violación, ¿estará psicológicamente preparada para “decidir” por un aborto? ¿Acaso no es más humano acompañar y cuidar a esa adolescente violentada con apoyo médico, psicológico, social, que practicarle un aborto? ¿No sería más humano legalizar la adopción prenatal con procesos expeditos para este tipo de embarazos vulnerables?
Finalmente, la sentencia de la Corte encomendó a la Defensoría del Pueblo redactar un proyecto que regule su decisión: plazos, procedimientos, etc, pero, ¿qué pasará hasta entonces? ¿Hasta que mes se podrá abortar? ¿Solo será posible hacerlo en una casa de salud pública, o también en una privada? ¿Se preverá acompañamiento psicológico obligatorio para las víctimas? ¿Habrá seguimiento judicial para que los verdaderos victimarios sean castigados con todo el peso de la ley?
Sin duda, esta sentencia nos ha dejado más dudas que respuestas…
Escrito por: Ab. Ángel Gaibor.
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