¿Qué es la muerte cruzada? ¿Es buena o mala para el país? ¿Violenta o no la democracia del Ecuador? ¿Qué pasará ahora?
La Muerte Cruzada, expresión que no consta en la Constitución, es la figura por la cual el Presidente de la República o la Asamblea Nacional, disuelven o destituyen (matan) al otro, pero corre el riesgo de “morir”, por cuanto se llevarán a cabo elecciones para Presidente y para asambleístas en aproximadamente 90 días.
La posibilidad de disolver la Asamblea Nacional por parte del Presidente es una figura inédita en nuestro ordenamiento constitucional, introducido en Montecristi y vigente desde el 20 de octubre de 2008, el art. 148 señala que el Presidente podrá disolverla cuando, a su juicio, ésta se hubiere arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna, es a ésta última causal que hace referencia el Decreto Ejecutivo No. 741 del 17 de mayo.
Para el profesor mexicano Alfredo Marín García, una crisis política se caracteriza fundamentalmente por su imprevisibilidad, es decir, surgen de forma inesperada. Además, necesitan de una respuesta planeada y contundente. Ello, con el fin de minimizar los efectos adversos que puedan producir a los responsables de las instituciones afectadas.
¿Qué ha pasado en el Ecuador últimamente?
La Asamblea Nacional, en atención a sus facultades constitucionales y debidamente aprobada por la Corte Constitucional, ha llevado a cabo un juicio político que, aparentemente, contará con los votos para destituir al Presidente de la República. Configura esto una “grave crisis política”?. Esa respuesta es la que deberá dar la Corte Constitucional.
Para el Diccionario de la Real Academia Española, conmoción interior es declaración que efectúa el Presidente de la República en todo o parte del territorio nacional, ante casos de grave perturbación del orden público que atenten de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades. Existe en el Ecuador esta situación?
Estamos pues ante un Decreto Ejecutivo que tal vez no cumpla con el estándar exigido en la norma constitucional y que, ante las demandas de inconstitucionalidad ya presentadas, deberán ser conocidas y resueltas por la Corte Constitucional.
Posibles escenarios ante la muerte cruzada
Estamos ante varios posibles escenarios…
Uno es que la Corte Constitucional se abstenga de pronunciarse por reconocerse incompetente para hacerlo. Quienes sostiene esta tesis se basan en el art. 150 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, que el párrafo aplicable dice: Tampoco es de su competencia pronunciarse acerca de la existencia de las infracciones para la destitución de la Asamblea Nacional ni de la responsabilidad de éstas en ellas.
Por otro lado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá convocar a elecciones hasta el miércoles 24 de mayo. Si lo hace antes y la Corte Constitucional aún no se ha pronunciado, ya luego no lo podrá hacer porque estaríamos en período electoral.
Si la Corte Constitucional decide pronto y declara inconstitucional el Decreto Ejecutivo, las cosas vuelven a su situación inicial y los asambleístas regresan a sus curules y la votación por la destitución al Presidente de la República debe llevarse a cabo en 72 horas, tal como estaba previsto.
De no prosperar las demandas, por lo señalado o porque la Corte Constitucional las rechaza, el Presidente gobernará con decretos leyes de urgencia económica, previamente aprobados por la Corte Constitucional, hasta que haya elecciones. De hecho, ya envió el primero, el de una nueva reforma tributaria y anuncia otros.
Si finalmente prospera el tema, habrá elecciones para la primera vuelta probablemente el 20 de agosto, para la segunda vuelta sería el 15 de octubre y se posesionarían los nuevos mandatarios en noviembre.
Lo que sí es un hecho, es que viviremos tiempos complejos, dónde debe primar la sensatez, y aunque resulta algo repetido y bastante obvio, el interés del país. Para ello es fundamental tener el conocimiento de todos los posibles escenarios, que es lo que este escrito ha pretendido.
Escrito por: Rafael Compte Guerrero, Abogado y catedrático universitario.
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